viernes, 12 de junio de 2020

NUEVO CNE: CONSTITUCIONALIDAD Y ACUERDOS POLÍTICOS

NUEVO CNE:
CONSTITUCIONALIDAD Y ACUERDOS POLÍTICOS
Gehard Cartay Ramírez

El régimen chavomadurista insiste en continuar cerrando la salida democrática, política, pacífica y electoral a la tragedia que sufrimos hace tiempo.
El chavomadurismo prefiere continuar su ejercicio autoritario, inconstitucional y hegemónico, el mismo que ha transitado desde hace dos décadas y con el cual destruyó al país y su democracia.
Por eso cierra otra vez el camino de la solución política, entendida como diálogo, discusión y acuerdos –siempre en el marco del estado de Derecho y de la legalidad– para procurar una solución a la gravísima crisis que sufrimos en Venezuela. Fiel a su vocación hegemónica, cancela esta vía, la única que establece la Constitución Nacional y la que menos sacrificios impone a los venezolanos y mayor caudal de legitimación tiene.
De manera que aquí nadie puede llamarse a engaños sobre los siniestros propósitos del régimen. Si alguien insiste en hacerse el desentendido peca por cómplice o, en el mejor de los casos, por ingenuo. Son ya 20 años en los que chavomadurismo ha desechado incluso su propia Constitución para atornillarse en el poder, utilizando los más nefastos mecanismos.
Toda esta reflexión viene a cuento por la ya anunciada decisión de declarar una supuesta omisión legislativa de la Asamblea Nacional y apelar a su comodín para todos los efectos, la llamada Sala Constitucional, a los fines de designar el nuevo Consejo Nacional Electoral. “Nada nuevo bajo el sol”, desde luego. A ese inconstitucional y torcido mecanismo han apelado desde 2003, al punto tal que los últimos CNE han sido designados echando mano a esta fraudulenta práctica.
Esa práctica inconstitucional del régimen se ha producido sin esperar que la Asamblea Nacional concluya el respectivo proceso para escoger un nuevo CNE. La manu militari del chavomadurismo, que desprecia por igual la política como medio de acuerdos y el diálogo entre contrarios para buscar áreas comunes de acción, ha concluido –como se preveía– pateando la mesa de conversaciones que se instaló en enero, con participación de diputados afectos al régimen, inclusive, para buscar candidatos aptos y de consenso que integren el próximo cuerpo electoral.
Vamos a estar claros: la Constitución Nacional no autoriza, en ninguna parte, al Tribunal Supremo de Justicia o a su inefable Sala Constitucional para nombrar el CNE. Y echarle mano a la supuesta omisión legislativa es un recurso inconstitucional para arrebatarle una vez más a la Asamblea Nacional esa atribución exclusiva que le confiere la Carta Magna, al igual como lo hicieron en 2003, 2005, 2014, 2016 y ahora, en 2020.
Se trata de una chapuza similar a la figura del “desacato”, que tampoco aparece en la Constitución y con la cual han justificado, desde el primer día, su acoso y desconocimiento al parlamento por el “delito” que según ellos supone no haber continuado siendo los segundones de la dictadura, como en períodos anteriores.
Aunque sea de Perogrullo afirmar que sólo a la Asamblea Nacional –y a nadie más– le compete nombrar las nuevas autoridades electorales, vale la pena citar el artículo 296 de la Constitución: “Los o las integrantes del Consejo Nacional Electoral serán designados o designadas por la Asamblea Nacional con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes”. Más claro no canta un gallo…
Ahora, en relación a la supuesta omisión legislativa que el régimen saca otra vez de la manga para nombrar un CNE a su gusto, hay que citar el artículo 336, que habla de las competencias de la Sala Constitucional, y cuyo parágrafo siete señala: “Declarar la inconstitucionalidad de las omisiones del poder legislativo municipal, estadal o nacional cuando haya dejado de dictar lar normas o medidas indispensables para garantizar el cumplimiento de esta Constitución, o las haya dictado en formar incompleta; y establecer el plazo y, de ser necesario, los lineamientos de su corrección”.
A pesar de la pésima redacción del texto constitucional, no aparece allí la palabra “designar”. Alude gaseosamente a lo que cualquiera supondría que podría ser un procedimiento de avenimiento y consulta con los poderes que hayan incurrido en la omisión de que se trate. De lo contrario, ¿qué hubiera impedido al constituyente de 1999 traspasarle “por la calle del medio” esa facultad a la fulana Sala Constitucional?
Por supuesto que a toda esta tentación hegemónica del chavomadurismo han contribuido también los numerosos errores de la dirigencia opositora, mediocre en líneas generales, inmediatista las más de las veces y, por lo visto, desconocedora de la verdadera naturaleza de esta dictadura. Pero de eso hablaremos en otra ocasión. Sin embargo, nada autoriza constitucional y legalmente esta nueva arbitrariedad del régimen.
Lo novedoso ahora es que ha sido un sector que se autoproclama opositor -encabezado por el MAS y otros minipartidos, ninguno de ellos con representación en la Asamblea Nacional- el que se presta a esta farsa, solicitando a la Sala Constitucional que declare la supuesta omisión legislativa y designe el nuevo CNE. Sin duda, esto es lo más parecido a esa institución política inglesa que denominan “La leal oposición a su Majestad”.
Resulta demasiado obvio que esta nueva trastada del oficialismo y sus satélites no facilitará una salida realmente constitucional y democrática a la crisis venezolana. Lo lógico y realista es que haya un gran acuerdo como el que se venía gestando en la Asamblea Nacional para que esta designe –conforme al ya citado artículo 296 de la Constitución– un nuevo CNE, integrado por gente seria y honesta, que goce de la confianza de la mayoría de los actores políticos.