lunes, 23 de septiembre de 2013

HAY QUE PROFUNDIZAR LA DESCENTRALIZACIÓN Y LA REGIONALIZACIÓN

INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO
 GEHARD CARTAY RAMÍREZ
 EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS

(Sesión del día 30 de junio de 1990)

DIPUTADO CARTAY RAMÍREZ (GEHARD). (Desde la Tribuna de Oradores)
Ciudadano Presidente; Ciudadanos Diputados:
Para la Fracción Parlamentaria del Partido Social Cristiano Copei este debate sobre el proceso de descentralización que deberla cumplirse en el país es sumamente importante.
No es necesario, desde luego, recordar que durante los últimos años hubo una presión realmente notable de la opinión pública nacional y de las regiones de Venezuela para que se tomaran las decisiones legislativas y administrativas que permitieran adelantar el proceso de descentralización. En diciembre del año pasado, el Congreso de la República aprobó la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público. Se trata de un instrumento legal que fue trabajado cuidadosamente por la comisión designada al efecto y que trata de recoger, en la medida de sus posibilidades, las expectativas creadas a lo largo y ancho del país.
Hay algunos que han considerado, sin embargo, que esa Ley es tímida en sus alcances y que debería haber recogido con mayor contundencia las peticiones que desde el interior se le vienen haciendo al Poder Central para que, efectivamente, se produzca una verdadera transferencia de las competencias nacionales a las entidades federales.
En cualquier caso, la Ley fue aprobada por un amplio consenso y creo que conviene ahora, tal como es el propósito de este debate, realizar una revisión a fondo acerca de si realmente estamos cumpliendo con este proceso descentralizador.

Los objetivos de la Ley
La Ley está dirigida fundamentalmente a cinco objetivos: en primer lugar, como se ha dicho, busca desarrollar los principios constitucionales para promover la descentralización administrativa, atendiendo a lo establecido en el Artículo 137 de la Constitución Nacional. Se busca, por esta misma vía, atribuir a los Estados determinadas materias de la competencia nacional para los efectos de esa descentralización y, concretamente el Artículo 11 de la Ley, contempla cuáles son esas materias.
En segundo lugar, la Ley busca delimitar las competencias entre el Poder Nacional y los Estados. Así, el instrumento legal señala un régimen de delimitación donde están establecidas las competencias exclusivas de los Estados (Artículo 30); aquellas competencias en las cuales concurren el Poder Nacional y los Estados y, finalmente, aquellas que eran exclusivas del Poder Nacional, pero que ahora han sido transferidas a las entidades federales, lo cual está establecido en el Artículo 11.
En tercer lugar, la Ley determina las funciones de los Gobernadores como agentes del Ejecutivo Nacional. Sobra decir que ahora, cuando los Gobernadores de Estado han sido y van a continuar siendo electos por la voluntad popular, realmente es importante que se le dé mayor relieve a esa condición de agentes del Ejecutivo Nacional que tienen los mandatarios regionales.
La Constitución Nacional establece que el Gobernador del Estado es, además de Jefe del Ejecutivo Regional, un agente del Ejecutivo Nacional en su respectiva circunscripción. Los artículos 22 y 28 de la Ley están dirigidos a darles esa competencia a los Gobernadores.
En cuarto lugar, la Ley establece y determina las fuentes de ingresos de los Estados y la coordinación de los planes anuales de inversión de las entidades federales con los que realiza el Ejecutivo Nacional. Allí se señalan cuáles son los ingresos de los Estados (Artículos 12 al 15); se deroga expresamente la Ley Orgánica de la Coordinación de la Inversión del Situado Constitucional en su Artículo 35  y, finalmente, establece procesos de facilitación de la transferencia de la prestación de los servicios del Poder Público Nacional a los Estados.

El régimen de competencias
A los efectos del análisis que estamos haciendo en relación al proceso de descentralización y transferencia, vale la pena detenernos un poco en torno a este régimen de competencias.
Como ya se ha señalado, están las competencias exclusivas de los Estados, establecidas en los Artículos 3 y 11 de la Ley. Están las competencias concurrentes entre el Poder Nacional y el Poder Estadal. Aquí se establecen normas de procedimiento para que se produzca la transferencia expresa de los servicios enumerados en el Artículo 40 del Poder Nacional a los Poderes Estadales.
Dentro de esta fase procedimental, la Ley establece que las Asambleas Legislativas deben fijar las atribuciones que ha de ejercer la Administración local en la prestación del servicio transferido. Habría que preguntarse si realmente las Asambleas Legislativas están cumpliendo ahora con este cometido. Tengo la impresión de que salvo honrosas excepciones, las legislaturas regionales no están haciendo lo conducente al respecto y por eso sería importante, y así lo pienso proponer al final de mi intervención, que el Congreso exhorte a los Cuerpos Legislativos Regionales a cumplir con este cometido.
Por otra parte, la propia Ley establece que esa transferencia de los servicios debe operarse a través de la figura de los convenios entre la República y los Estados. Pero también el texto legal señala que es necesaria y de manera previa la intervención del Gobierno Nacional, a los fines de impulsar los procesos de descentralización y desconcentración de funciones dentro de sus respectivas dependencias. Esto lo establece el artículo 9, en donde prácticamente se le dá al Ejecutivo Nacional la posibilidad de ser la palanca de todos estos procesos. Habría que preguntarse también si efectivamente el Gobierno nacional está cumpliendo con esta disposición legal. Me temo que hasta ahora la ley ha sido letra muerta y que poco o ningún interés se aprecia, como lo señalaré más adelante, en las altas esferas gubernamentales de la República.

El gobierno conspira contra la descentralización
     Justamente por eso es que se impone hacer una revisión del proceso que debería cumplirse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Creo que conviene denunciar acá, a los efectos de esa investigación, que no hay voluntad política del Ejecutivo Nacional para impulsar el proceso de descentralización. No tenemos noticias de lo que se está haciendo en esta materia. Se ha hablado de una Comisión Interministerial, cuyos resultados nadie conoce, y si se está haciendo lago entonces es un secreto bien guardado.
Podríamos afirmar, además, que la propia actitud del Gobierno Nacional conspira contra el proceso descentralizador y ahoga las iniciativas de algunos Gobernadores de Estado que están tomando las previsiones del caso.
Lamentablemente hay que decir que es una minoría de los Gobernadores la que está cumpliendo con el proceso descentralizador, porque hay muchos otros que no tiene ni siquiera idea de cuál es el procedimiento para desconcentrar y descentralizar a la Administración Pública y para obtener la trasferencia de algunas materias del Poder Público Nacional a las entidades federales.
Con ocasión de iniciarse este debate por parte del Diputado Aniyar, del Movimiento al Socialismo, se dijo que había casos concretos que demuestran una actitud —pudiéramos decir— realmente indiferente, cuando no en algunos casos de abierto boicot, por parte del Ejecutivo Nacional con relación a la transferencia de competencias a los Estados y al proceso que debe cumplirse en materia de desconcentración y descentralización.
Podríamos citar por caso, por ejemplo, la actitud del Ministro de Sanidad frente a iniciativas muy concretas que en el área de salud han tomado los Gobernadores de Carabobo y Aragua. Podríamos, igualmente, señalar el caso de la entrega de las salinas del Estado Zulia por parte del Fondo de Inversiones de Venezuela a un grupo privado, no obstante que ya por Ley fueron transferidas a esa entidad federal.
Igualmente podríamos referirnos al caso de los puertos, que siendo ahora competencia de las entidades federales, sin embargo, el Ministro de Transporte y Comunicaciones continúa hablando de planes concretos de privatización. Desde luego, que no estamos en contra de la privatizacón en sí misma, pero creo que debemos alzar nuestra voz de protesta por el desconocimiento del Gobierno Nacional en estas materias que ahora corres ponden a los Estados de la República.
En el diario “El Nacional” de hoy, en la columna de la periodista Alba Sánchez, “El Nacional en Palacio”, aparecen unas declaraciones del Ministro de Cordiplan que demuestran un olímpico desprecio al proceso de descentralización que deberíamos adelantar. El Ministro, al referirse a la designación de una Comisión encabezada por la Presidenta del Instituto de Comercio Exterior, que se encargará de analizar lo concerniente a la privatización de los puertos del país, dice lo siguiente, con la venia de la Presidencia (Asentimiento):”El Ministro de Cordiplan señal que este proceso es una de las decisiones más importantes del Gobierno. Viene un proceso de reestructuración, de cambios y de privatización en un área clave y fundamental para el crecimiento de la economía venezolana”. Y añadió: “Sólo en la medida en que tengamos puertos eficientes se podrá promover la economía exportadora. Esto justificaría que sea precisamente el Instituto de Comercio Exterior el que encabece la Comisión de Reestructuración de los puertos”. Y luego se refiere a la experiencia que actualmente se estaría dando con Puerto Cabello, que está siendo administrado por compañías holandesas.
De modo, pues, que como estos podríamos señalar muchos casos más, incluso, en esta misma columna periodística a que hago referencia, hay unas declaraciones del Gobernador del Estado Aragua en las cuales señala lo siguiente: “Por su parte, Carlos Tablante dijo pensar que el Presidente de la República parece ser el único, dentro del Poder Central, que comprende el proceso de desconcentración, puesto que los procesos siguen siendo sumamente lentos para las regiones”.

Acciones concretas ya
Señor Presidente: Señores Diputados: Tal como lo dije al inicio de mis palabras, realmente se impone hacer una revisión de toda esta materia y creo que el debate es conveniente a estos fines, porque si no simplemente terminarlanios quedándonos en el campo de las buenas intenciones, sin establecer acciones concretas para que efectivamente la desconcentración y la descentralización puedan ser un proceso que se opere en un tiempo realmente breve, en virtud de que estamos viviendo una nueva experiencia a nivel de nuestras entidades federales.
Con su venia, Ciudadano Presidente, la Fraccón Parlamentaría del Partido Social Cristiano Copei va a hacer las siguientes proposiciones. (Asentimiento):
Primero: Invitar al Ciudadano Ministro de Relaciones Interiores, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 34 de la Ley de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, y a los Ministros del Gabinete Económico, para que informen a las Comisiones de Política Interior y de Finanzas de la Cámara de Diputados, en sesión conjunta, sobre la actuación del Ejecutivo Nacional en materia de Descentralización y Transferencia de Competencias.
Segundo: Exhortar a las Asambleas Legislativas de los Estados a profundizar las actuaciones legislativas que la Ley respectiva les atribuye en su Artículo 14, a los fines de perfeccionar los procesos de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los poderes estadales.
Tercero: Exhortar a los ciudadanos Gobernadores de Estado a definir la prestación de los servicios que, a su juicio, puedan asumir sus Estados, a tenor de 10 dipuesto en el Artículo 4° de la Ley en referencia, a los fines de adelantar el proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Público a las entidades federales.
Es todo, muchas gracias, señor Presidente, señores Diputados. (Aplausos).

***

Todas las proposiciones del Diputado Cartay fueron aprobadas por unanimidad.